Actualizado el sábado, 31 diciembre, 2022
Si el Sáhara Occidental es, según la ONU, un Territorio No Autónomo, su pueblo tiene derecho a la libre determinación.
Para velar por ello existe el deber jurídico positivo a cargo de todos los Estados de respetar, promover y asistir a los pueblos en el ejercicio de tal derecho. Y, viceversa, todos los Estados tienen el deber jurídico negativo de abstenerse de tomar medida alguna que prive a los pueblos del ejercicio de su derecho a la libre determinación.
Ningún Estado tiene derecho a abrir consulados o embajadas en el Sáhara Occidental, porque ello evidencia un respaldo a Marruecos, Estado que está ocupando el Territorio No Autónomo. Y viceversa, es legítimo, y aun obligado, prestar cualquier tipo de ayuda al Frente Polisario como movimiento de liberación del Sáhara Occidental y a la RASD como Estado creado por el Polisario.
Fuente: Sáhara Occidental. Marco Jurídico

