El Tribunal Supremo de España (Sala 1ª) en Sentencia 207/2020, de 29 de mayo de 2020,  niega la nacionalidad española a los nacidos en el Sahara Occidental hasta 1975. Niega que haber nacido en el Sahara Occidental cuando era considerado una provincia española, o antes de que España abandonase el territorio en los setenta, otorgue la nacionalidad española de origen. “El Sahara no puede ser considerado España a los efectos de la nacionalidad de origen contemplada en el Código Civil. En otras palabras, no son nacidos en España quienes nacieron en un territorio durante la etapa en que fue colonia española“.